Santo Domingo.- El Poder Ejecutivo otorg贸, mediante el Decreto 671-26, un poder especial al presidente del Fondo Patrimonial de las Empresas Reformadas (FONPER) para disponer el pago total o parcial de las prestaciones laborales reconocidas a favor de trabajadores cesantes de FALCONDO.
La disposici贸n establece que las prestaciones deber谩n estar debidamente individualizadas, verificadas y reconocidas para que puedan ser objeto de pago.
Asimismo, el poder faculta al presidente del FONPER a procurar acuerdos para la liquidaci贸n de los derechos correspondientes a los pensionados de la empresa.
El funcionario tambi茅n queda facultado para suscribir y recibir comprobantes de pago, recibos de descargo, actos de subrogaci贸n y dem谩s documentos necesarios para materializar las operaciones autorizadas.
De igual forma, podr谩 aceptar, en nombre y representaci贸n del Estado dominicano, la subrogaci贸n expresa y simult谩nea otorgada por cada trabajador o pensionado beneficiario respecto de los derechos, acciones, accesorios y privilegios legalmente transmisibles correspondientes a las acreencias o derechos satisfechos, hasta la concurrencia de las sumas efectivamente pagadas.
La disposici贸n autoriza, adem谩s, al presidente del FONPER a representar al Estado dominicano, en su condici贸n de acreedor subrogado, para procurar el reconocimiento, la incorporaci贸n y la recuperaci贸n de las acreencias dentro del proceso de reestructuraci贸n o, si fuere necesario, de liquidaci贸n judicial de FALCONDO.
El decreto precisa que el poder otorgado no genera derecho alguno a exigir dichos pagos directamente al Estado dominicano o al FONPER, sino que estos deber谩n realizarse conforme a las condiciones establecidas y a las disponibilidades correspondientes.
La orden establece que los pagos ser谩n realizados con recursos del Fondo Patrimonial de las Empresas Reformadas (FONPER), por cuenta y en representaci贸n del Estado dominicano.













